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La ley de Impuesto a las Personas Jurídicas establece que los obligados contarán con plazo hasta el 31 de enero para cumplir con este pago, sin intereses ni multas.
Dicha ley (Ley No 9428), indica que la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que se establece en el artículo 2 de la Ley N.° 7337.
El salario base se establece en la suma de cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones exactos (¢462.200.00) para el año 2021. Lo anterior se establece en la sesión número 119-20 celebrada el 15 de diciembre de 2020.
Información extraída y resumida del sitio Web de Ministerio de Hacienda.